En Aguascalientes, el Frente Nacional por la Familia (FNF) mantiene posiciones estratégicas en el Congreso del Estado

Pese a que la Constitución Mexicana vela por la separación iglesia-estado en su Artículo 130 y La Ley Orgánica del Poder Legislativo de Aguascalientes también establece que debe trabajar con imparcialidad en el Servicio Público, los intereses y la agenda que maneja dicha asociación civil se encuentran protegidos -y avanzando- por funcionarios que poseen cargos importantes al interior del Poder Legislativo.
Javier Soto Reyes, Director General de Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado y miembro del equipo político de la diputada panista Paloma Amézquita, es un integrante activo del FNF, así lo comprueban diversas publicaciones en sus redes sociales en donde continuamente comparte información del Frente, así como críticas lanzadas contra otras instituciones públicas como la Universidad Autónoma de Aguascalientes (UAA), que en noviembre del 2017 decidió no dar foro a una conferencia de Agustín Laje y Nicolás Márquez, escritores del El libro negro de la nueva izquierda, sustentados por el FNF, y quienes en rueda de prensa llamaron “anoréxica intelectual” a una reportera que cuestionó la fuente de financiamiento que les permite viajar por diversos países latinoamericanos para atacar a la ideología de género y a los derechos humanos.
Soto Reyes criticó la decisión de la Universidad en una publicación de la red social Facebook, en donde acusó que la UAA “mostró su intolerancia institucional a todo aquel que no esté amaestrado bajo la teoría del género. (…) que no se atreva a llamarse universidad un lugar que no está permitido a la universalidad de las ideas. Pésimo”.
Además, el 26 de mayo del 2016, Soto Reyes participó en una rueda de prensa del Frente Nacional por la Familia, en donde apareció como vocero, acompañado por María del Carmen Limón y Martha Barba. La nota, publicada en la Jornada Aguascalientes, lleva el título de “Llaman grupos conservadores a no votar por el PRI”. Meses después, en julio, el ahora Director General de Servicios Parlamentarios fue integrante de la Comisión de Orden en la Marcha por la Familia, organizada por el Frente, según lo comprueba un video en manos del Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG), en donde exigimos que Soto Reyes actúe de manera imparcial como funcionario público.
El artículo 159 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Aguascalientes, establece que el “Director General de Servicios Parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas parlamentarias”.
En 2016, Soto Reyes fue representante del PAN en el Consejo Distrital VIII del Instituto Estatal Electoral. En 2017 y hasta mediados del 2018, ocupó el cargo de investigador del Instituto de Investigaciones Legislativas y cobraba un sueldo mensual de 10 mil 212 pesos brutos. Actualmente labora como Director General de Servicios Parlamentarios, sin que su percepción mensual sea pública en la página del Congreso Estatal pese a que es una obligación establecida en la Ley de Transparencia. Tampoco lo es su información curricular, ni su declaración patrimonial y de no conflicto de interés.
El OVSG se mantendrá vigilante de la resolución que se emita a la denuncia interpuesta ante el Sistema Estatal Anticorrupción y remitida a la Contraloría del Congreso Estatal, por el conflicto de interés de Soto Reyes y la diputada panista Paloma Amézquita con el Frente, y la violación al principio de Parlamento Abierto tras la presentación de la iniciativa de reforma a los artículos 2 y 4 de la Constitución local, que no logró ser aprobada por el Pleno y que amenazan con volver a presentar.
La denuncia será ratificada y ampliada por el Observatorio ante la Contraloría del Congreso, órgano con el que ya se ha entablado comunicación.
Buscaremos siempre transparentar los procesos, por eso esperamos pronta respuesta a las solicitudes de transparencia enviadas para conocer las cédula de votación de los 27 legisladores en la sesión ordinaria del 27 de diciembre, así como la versión estenográfica de lo sucedido en el Pleno.
Para nosotras la lucha no ha terminado. Exigimos que las y los trabajadores de los aparatos de gobierno, sustentados con el dinero de las y los mexicanos, actúen con imparcialidad.

Sobre la NO aprobación de la iniciativa antiderechos

Para el Observatorio de Violencia Social y de Género es importante reconocer el triunfo legislativo y democrático que, a través de la lucha desde la sociedad civil organizada, activistas feministas y defensoras de derechos humanos, se logró el jueves 27 de diciembre en el Congreso del Estado. Desde el Observatorio seguiremos luchando contra todo aquello que pretenda menoscabar la libertad de las mujeres. No perderemos los derechos conquistados y alzaremos la voz cuando se quiera legislar desde la ilegalidad y desde concepciones morales, religiosas y parciales.  

 Retomamos lo señalado durante el debate parlamentario: 

“(…) esta iniciativa lo único que puede generar es un retroceso a la conquista de derechos hacia la sociedad igualitaria que todos deseamos. (…) El punto no es debatir interrupción del embarazo si o no, lo que debemos debatir es interrupción legal o interrupción clandestina. Esta propuesta de defender la vida lo único que hace es criminalizar a la mujer. Sé que no somos mayoría los que defendemos estos temas, porque en la historia, la conquista de los derechos siempre han sido una victoria que se arranca al opresor. Las mujeres están conquistando el derecho a decidir sobre sus cuerpos y sus proyectos de vida. (…) este es el siglo de los derechos de las mujeres, más tarde o más temprano, las mujeres van a conquistar los derechos que reclaman. Saquemos de la clandestinidad la interrupción de los embarazos. La propuesta de reforma pareciera que fue inofensiva, sin embargo, tiene mucho fondo. De aprobarse, se cerrarían las puertas y las posibilidades de aprobar el derecho inalienable que tienen las mujeres a decidir sobre su sexualidad.

 La no aprobación de la iniciativa que buscaba “proteger la vida desde la fecundación”, es un triunfo de la participación informada y la prueba de que no pueden imponerse ante los derechos humanos y su progresividad, ni la iglesia puede dictar la agenda legislativa de nuestro estado, ni las legisladoras y legisladores pueden actuar de manera negligente. 

Sentenciamos el voto por cédula, -es decir, secreto-, aprobado por 21 de los 27 legisladores. Como electoras, exigimos conocer el sentido del voto de las diputadas y los diputados que conforman el Pleno Legislativo. La discrecionalidad socava la libertad de expresión, de acceso a la información y viola lo estipulado en el artículo 145 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, en donde se señala que las votaciones de reformas a la Constitución deberán ser nominales, es decir, públicas. 

Pedimos a las 14 diputadas que integran el Pleno Legislativo que luchen a las mujeres que votaron por ellas y hagan de nuestra lucha, su lucha y la de todas. 

No quitaremos el dedo del renglón. El Observatorio seguirá pendiente de la resolución que dicte la Contraloría del Congreso Estatal respecto de la denuncia que presentamos ante el Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Aguascalientes -la primera en su tipo a nivel nacional- por el conflicto de intereses de Javier Soto, Director de Servicios Parlamentarios y su activismo dentro del Frente Nacional por la Familia, así como el de la diputada panista que lo cobija, Paloma Amézquita, presidenta de la Comisión Legislativa de la Familia y los Derechos de la Niñez. La separación iglesia-estado exige a los servidores públicos trabajar con imparcialidad y eso les exigimos. Denunciamos también la falta de transparencia en el proceso legislativo que se mantuvo con la presentación del dictamen que buscaba reformar los artículos 2 y 4 de la Constitución local.

 Ante el triunfo hoy conquistado, no olvidemos que la lucha continúa. Seguiremos exigiendo que la legislación proteja la progresión de los Derechos Sexuales, Reproductivos y la salud integral, que el Estado permita el aborto seguro, que se mejoren los mecanismos de acceso a la justicia de las mujeres y que se avance en la progresividad de los derechos y los Tratados Internacionales firmados por México.

¡Lo lograron, lo logramos!

Con 17 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones, la iniciativa que pretendía la “protección” de la vida desde la fecundación NO se aprobó.
Gracias a todas las personas que, desde sus espacios y sus luchas, caminaron juntas por el respeto de los Derechos Humanos de las Mujeres de Aguascalientes.
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lologramos

Posicionamiento contra grupos de choque

Al Congreso del Estado

A la Comisión Estatal de Derechos Humanos

A la Secretaría de Seguridad Pública de Aguascalientes

En estas horas se ha hecho público un llamado por parte del Obispo de Aguascalientes, USEM Aguascalientes, COPARMEX y Consejo de Laicos a la violencia contra las personas que se manifiesten mañana a favor del aborto legal, seguro y por el reconocimiento pleno de los Derechos Sexuales y Reproductivos de las mujeres de Aguascalientes.

Estos llamados a la violencia a través de grupos de choque son una muestra más de las fallas de legisladoras y legisladores, de su negligencia al no ofrecer un sistema de transparencia que garantice la imparcialidad de su trabajo, así como de la pobreza legislativa de diputadas y diputados que están fallando en su deber de representar a todas las personas habitantes del Estado de Aguascalientes.

Contrario a lo que se está difundiendo, el Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes no está haciendo ningún llamado al choque, la violencia, la mentira y la agresión, no está convocando a ningún acto que violente y atente contra la integridad y seguridad de ninguna persona, sin excepción; por el contrario, hace un llamado al respeto del derecho a la manifestación pacífica, al diálogo y, sobre todo, hace un llamado a que el Congreso asuma sus compromisos con el Estado  Mexicano, con los principios jurídicos de progresividad de los Derechos Humanos y a legislar con perspectiva de género, reconociendo la deuda histórica con las mujeres del Estado.

Responsabilizamos a Paloma Amézquita y Gustavo Baéz, así como a legisladoras y legisladores por cualquier acto de violencia que grupos conservadores hagan en contra de cualquier manifestante, hacemos responsable al Congreso del Estado por el contexto de violencia que su opacidad, negligencia y falta de imparcialidad ha generado, favoreciendo situaciones de vulnerabilidad contra las mujeres en Aguascalientes, organizaciones de la sociedad civil a favor del derecho a decidir y contra activistas y defensoras de Derechos Humanos que, desde el estado de derecho, el conocimiento social e histórico, encabezan la lucha por el derecho de todas las mujeres a vivir una vida digna y libre de violencia.

Porque el silencio no nos protege

Porque no estamos solas

Aguascalientes, Ags a 26 de diciembre de 2018

Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes

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El OVSG presenta denuncia contra Paloma Amézquita y Javier Soto por conflicto de intereses

Integrantes del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Aguascalientes

Lic. Jorge Humberto Mora Muñoz

Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción en Aguascalientes

Por medio de la presente denunciamos el conflicto de interés que vulnera el principio de parlamento abierto establecido en el Artículo 15 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes y el Artículo 3° de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes.

A partir de la reforma constitucional en materia de Transparencia se detonó un cambio institucional de gran escala que involucra a los Poderes de la Unión y a todos los niveles de gobierno en su obligación de garantizar el derecho de acceso a la información, a la apertura gubernamental, la participación ciudadana y la rendición de cuentas.

Desde septiembre del año 2011 México fue cofundador de la iniciativa multilateral denominada Alianza por el Gobierno Abierto, dirigida a propiciar compromisos concretos de parte de los gobiernos para promover la transparencia, aumentar la participación ciudadana en los asuntos públicos, combatir la corrupción y aprovechar las nuevas tecnologías para robustecer la gobernanza (LOWG por sus siglas en inglés).

A partir de esta apertura y para su cumplimiento por parte del Poder Legislativo, el principio del parlamento abierto ha sido descrito, normativamente más no en la práctica, como el principio básico de la función legislativa, mismo que se centra en el impulso de una participación ciudadana efectiva en el proceso de formulación de políticas, garantizando el acceso a la información sobre las leyes, así como oportunidades para influir en las deliberaciones legislativas.

En septiembre de 2012, una red de organizaciones civiles lanzaron la Declaración sobre la Transparencia Parlamentaria, la cual ha puesto en marcha un debate en curso entre la sociedad civil y los parlamentos para la apertura de datos parlamentarios y ha ayudado a fortalecer la colaboración entre la sociedad civil y los parlamentos en una serie de países.

En México, la Alianza para el Parlamento Abierto (APA) es un espacio de encuentro de organizaciones de la sociedad civil, instituciones legislativas y órganos garantes de acceso a la información y protección de datos personales, cuyo objetivo es lograr que los 34 instituciones legislativas en México cumplan con los principios y acciones de un parlamento abierto.

Elementos que distinguen a un Parlamento Abierto:

  1. Derecho a la Información. Garantizan el derecho de acceso a la información sobre la que producen, poseen y resguardan, mediante mecanismos, sistemas, marcos normativos, procedimientos, plataformas, que permitan su acceso de manera simple, sencilla, oportuna, sin necesidad de justificar la solicitud e imparciales.

 

  1. Participación Ciudadana y Rendición de Cuentas. Promueven la participación de las personas interesadas en la integración y toma de decisiones en las actividades legislativas; utilizan mecanismos y herramientas que facilitan la supervisión de sus tareas por parte de la población, así como las acciones de control realizadas por sus contralorías internas y los demás organismos legalmente constituidos para ello.

 

  1. Información parlamentaria. Publican y difunden de manera proactiva la mayor cantidad de información relevante para las personas, utilizando formatos sencillos, mecanismos de búsqueda simples y bases de datos en línea con actualización periódica, sobre: análisis, deliberación, votación, agenda parlamentaria, informes de asuntos en comisiones, órganos de gobierno y de las sesiones plenarias así como de los informes recibidos de actores externos a la institución legislativa.

 

  1. Información presupuestal y administrativa. Publican y divulgan información oportuna, detallada sobre la gestión, administración y gasto del presupuesto asignado al institución legislativa, así como a los organismos que lo integran: comisiones legislativas, personal de apoyo, grupos parlamentarios y representantes populares en lo individual.

 

  1. Información sobre legisladores y servidores públicos. Requieren, resguardan y publican información detallada sobre los representantes populares y los servidores públicos que lo integran, incluidas la declaración patrimonial y el registro de intereses de los representantes.

 

  1. Información histórica. Presentan la información de la actividad legislativa que conforma un archivo histórico, accesible y abierto, en un lugar que se mantenga constante en el tiempo con una URL permanente y con hiperenlaces de referencia de los procesos legislativos.

 

  1. Datos abiertos y no propietario. Presenta la información con característica de datos abiertos, interactivos e históricos, utilizan software libre y código abierto y facilitan la descarga masiva (bulo) de información en formatos de datos abiertos.

 

  1. Accesibilidad y difusión. Aseguran que las instalaciones, las sesiones y reuniones sean accesibles y abiertas al público, promueven la transmisión en tiempo real de los procedimientos parlamentarios por canales de comunicación abiertos.

 

  1. CONFLICTOS DE INTERÉS. Regulan, ordenan y transparentan las acciones de cabildeo, cuentan con mecanismos para evitar conflictos de intereses y aseguran la conducta ética de los representantes.

 

  1. Legislan a favor del gobierno abierto. Aprueban leyes que favorecen políticas de gobierno abierto en otros poderes y órdenes de gobierno, asegurándose de que en todas las funciones de la vida parlamentaria se incorporen estos principios.

 

En el Estado de Aguascalientes, el 11 de Junio del presente año fue reformado el Artículo 15 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes para quedar de la siguiente manera:

Artículo 15.- El Poder Legislativo se deposita en una corporación denominada Congreso del Estado. Éste se regirá bajo los principios del modelo de parlamento abierto, por lo que deberá implementar mecanismos que garanticen la transparencia, la máxima publicidad, el derecho de acceso a la información, la apertura gubernamental, la participación ciudadana y la rendición de cuentas. La ley establecerá los mecanismos a los que hace referencia este Artículo.

Asímismo, el lunes 9 de julio de 2018, fue publicada en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, misma que entró en vigor el 14 de septiembre del presente año y que abrogó la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes, publicada en el Decreto Número 364 de la LIX Legislatura, de fecha 04 de febrero de 2008, con la finalidad de dar cumplimiento a Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, mismo que queda establecido en su Artículo 3° y 148 de la siguiente manera:

ARTÍCULO 3°.- El ejercicio del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes se deposita en una Asamblea denominada Congreso del Estado, que procurará un orden público, justo y eficaz, a través de leyes y decretos en el ámbito de su competencia, conciliando y sumando los distintos intereses legítimos de la sociedad.

Este Poder se regirá bajo los principios del modelo de parlamento abierto, por lo que deberá implementar mecanismos que garanticen la transparencia, la máxima publicidad, el derecho de acceso a la información, la apertura gubernamental, la participación ciudadana y la rendición de cuentas.

ARTÍCULO 148.- El Congreso del Estado EN RESPETO DE LOS PRINCIPIOS DEL MODELO DE PARLAMENTO ABIERTO, implementar mecanismos que garanticen la transparencia, la máxima publicidad, el derecho de acceso a la información, la apertura gubernamental, la participación ciudadana y la rendición de cuentas; a través de mecanismos que garanticen la publicidad de Información oportuna, verificable, comprensible, actualizada y completa, atendiendo en todo momento las condiciones sociales, económicas y culturales del Estado de Aguascalientes.

Para tal efecto, su actuar atenderá lo dispuesto por las leyes en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Sin embargo, dichos preceptos no han sido vulnerados de manera reciente por la Presidenta de la Mesa Directiva del presente periodo ordinario de sesiones y Presidenta de la Comisión de la Familia y de los Derechos de la Niñez, al haber dado trámite de manera furtiva un dictamen para la reforma al Artículo 2° y 4° de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, en contubernio con el Director de Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado, quien además incurre en un claro conflicto de interés descrito por la Alianza para el Parlamento Abierto, principio signado por las Mesas Directivas de las Cámaras del Congreso de la Unión, por el representante del INAI, por representantes de Organizaciones de la Sociedad Civil impulsoras de la apertura legislativa el 22 de septiembre de 2014 y que tuviese como testigo al representante de la Conferencia Permanente de Congresos Locales.

De la Presidencia de la Mesa Directiva denunciamos la violación al Artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes vigente que establece que la Mesa Directiva observará en su actuación los principios de objetividad e imparcialidad.

Para sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2018 el Frente Nacional por la Familia hizo un llamado a todos sus integrantes para que portaran un pañuelo azul, mismo que fue portado por la Presidenta de la Mesa Directiva.

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De igual manera denunciamos el conflicto de interés que existe por parte de Javier Soto, Director General de Servicios Parlamentarios del Poder Legislativo de Aguascalientes. La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes vigente establece en su Artículo 159:

ARTÍCULO 159.- El Director General de Servicios Parlamentarios vela por la imparcialidad de los servicios a su cargo y realiza la compilación y registro de los acuerdos, precedentes y prácticas parlamentarias.

Irónicamente el concepto de imparcialidad solamente está contenido solamente en los Artículos 30 y 159 de la Ley en mención.

Sin embargo, la denuncia específica del Director General de Servicios Parlamentarios tiene que ver con ser un fuerte activista del mencionado Frente Nacional por la Familia, organización que se le atribuye la propuesta de reforma legislativa, así lo dan cuenta diversas notas e imágenes contenidas en la página de Facebook de dicha organización:

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El personaje al centro de la imagen es el actual Director General de Servicios Parlamentarios quien en una nota de La Jornada Aguascalientes del 26 de mayo de 2016 aparece como vocero del Frente Nacional por la Familia, acompañado por María del Carmen Limón y Martha Barba , en la nota titulada “Llaman grupos conservadores a no votar por el PRI”.

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De igual manera, aparece en el video publicado el 5 de julio del mismo año, como integrante de la Comisión de Orden de la Marcha por la Familia organizada por el Frente

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Recientemente, en fecha del 24 de mayo del presente año, Javier Soto aparece en el Facebook del Frente cuando la entonces candidata a Diputada Local por el Distrito 13 de la Coalición Por Aguascalientes al Frente, signa la Plataforma del FNF.

Muestras que prueban el conflicto de interés en que ha incurrido estos servidores del Poder Legislativo al no transparentar las acciones de cabildeo que eviten conflicto de intereses y aseguren una conducta ética.

Aguascalientes, Ags., a la fecha de su presentación.

 

El Congreso discute modificaciones a la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes usando una definición falsa de la UNESCO

El pasado 13 de diciembre se discutieron en el Congreso una serie de adiciones y modificaciones a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Aguascalientes, esta iniciativa fue presentada por Paloma Amézquita Carreón, integrante del entonces Grupo Parlamentario Mixto del Partido Acción Nacional y Encuentro Social, sin embargo, la argumentación que se usó para la presentación a dictamen de esta iniciativa se basó en una definición falsa de la UNESCO, haciendo deficiente y negligente su propuesta.

El principal objetivo de esta propuesta, de acuerdo con documentos públicos, era el reconocimiento de “la primera infancia”, por lo que, para sustentarla, usan una serie de argumentos, sin embargo, en la página 4 del Dictamen aparece como parte del análisis lo siguiente:

“La UNESCO define la primera infancia como un periodo que va desde la gestación hasta los ocho años, y constituye un momento único del crecimiento en que el cerebro se desarrolla notablemente. Durante esta etapa, los niños reciben una mayor influencia de sus entornos y contextos”.

Sin embargo, la que aparece en la UNESCO es diferente[1]:

“La primera infancia se define como un periodo que va del nacimiento a los ocho años de edad, y constituye un momento único del crecimiento en que el cerebro se desarrolla notablemente. Durante esta etapa, los niños reciben una mayor influencia de sus entornos y contextos.”

Remarcamos en negritas las diferencias en las definiciones para enfatizar la forma en que esta iniciativa usó información falsa para posicionar una propuesta encaminada a reforzar los intereses del grupo parlamentario PAN para legislar en relación con la criminalización del aborto.

Este tipo de iniciativas, que usan graves imprecisiones en su marco argumentativo, demuestran la pobreza legislativa de las y los integrantes del Congreso de Aguascalientes, y la necesidad de un Congreso que no apruebe iniciativas guiados por los intereses internos de los grupos parlamentarios y por sus agendas individuales, demuestra, también, la urgencia por legislaciones con perspectiva de género y derechos humanos que respondan a los compromisos de México con el Derecho Internacional en estas materias, y que, sobre todo, respondan a la progresividad de los Derechos de niñas, niños y adolescentes en el Estado.

Esta iniciativa discutida en el Congreso, debido a las distintas negligencias y contraria a la progresividad de derechos que presenta, así como otras que no han sido revisadas ni analizadas, deben estar sujetas al marco de Derecho Internacional, reafirmando el apego a la perspectiva de género y Derechos Humanos, por lo que pedimos a las instancias correspondientes que tomen las medidas necesarias para acatar sus responsabilidades en aras de evitar el retroceso en lo relativo a los derechos de niñas, niños y adolescentes de Aguascalientes.

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[1] https://es.unesco.org/themes/atencion-educacion-primera-infancia

Posicionamiento Contra la Criminalización de las Mujeres

A Paloma Amézquita
A la Comisión de la Familia y Derechos de la Niñez
Al Partido Acción Nacional de Aguascalientes
Al Congreso del Estado
A todas las mujeres de Aguascalientes
Hoy se aprobó en la “Comisión de la Familia y Derechos de la Niñez” del Congreso del Estado, presidida por la panista Paloma Amézquita, una propuesta para modificar el artículo 2° y 4º de la Constitución de Aguascalientes referente a la familia, con el fin de incluir la “protección de la vida desde la concepción”, esta propuesta no sólo responde al interés de grupos particulares que buscan criminalizar a las mujeres, sino que es un atentado a los principios básicos de derechos humanos a nivel estatal, federal e internacional; de ser aprobada por el Congreso, Aguascalientes estaría violando los Derechos Humanos de las Mujeres, así como tratados internacionales que garantizan el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, firmados y ratificados por el Estado Mexicano.
“Proteger la vida desde la fecundación” no sólo es un concepto médico y biológico ambiguo que busca incentivar la estigmatización del aborto y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, sino que busca criminalizar el ejercicio de estos derechos, la libre elección de las mujeres y su salud.
No sólo pretende normalizar la violencia estructural contra las mujeres, sino también, pretende dejar vulnerables a mujeres, niñas y adolescentes en un Estado donde hay una completa ausencia de atención con perspectiva de género y derechos humanos.
Los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Mujeres no sólo son una obligación del Estado, sino una deuda histórica con nosotras, nos deben garantías de seguridad, acceso a una vida libre de violencia, protocolos con perspectiva de género, nos deben el acceso a la salud y a una vida digna.
La iniciativa de la legisladora Amézquita ignora la lucha histórica por estos derechos, así como toda la lucha social de las mujeres en el Estado, favorece, en este sentido, a un grupo de hombres que intentan gobernar sobre nuestros cuerpos, a discursos de odio y religiosos que intentan condenar nuestras acciones con base en códigos morales que nos quieren sumisas y enfermas.
El jueves se votará en el Congreso esta propuesta, por lo que tenemos pocos días para visibilizar el retroceso a los derechos humanos, la violencia contra niñas y mujeres en nuestro estado y el mensaje de odio que vulnera y revictimiza con esta propuesta legislativa carente de análisis y que surge desde la ignorancia médica, biológica y social.
Por lo anterior
Exigimos a Paloma Amézquita que retire su propuesta
Exigimos a legisladoras y legisladores votar en contra y posicionarse a favor de una vida libre de violencia para las mujeres
Exigimos total transparencia en el proceso
Exigimos que los Derechos Sexuales y Reproductivos de las Mujeres sean garantizados en el Estado.
Exigimos la no criminalización de las mujeres
Exigimos la no criminalización del aborto
Exigimos un Congreso laico que no incluya discursos morales religiosos de grupos particulares como Provida y Profamilia
Exigimos el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia.

Después de seis años de feminicidio sigue sin haber acceso a la justicia

El pasado 14 de noviembre se cumplieron seis años del inicio del proceso en contra de quienes privaron de la vida a Andrea Nohemí Chávez Galván, sin que hasta la fecha exista alguna sentencia para el procesado, en un lento proceso por parte de las instituciones y funcionarios públicos, que ha retrasado el acceso a la justicia para Andrea Nohemí y su familia.
El asesinato de Andrea Nohemí fue calificado como homicidio con alevosía, ventaja y traición, al carecer el Estado, en su momento, con la tipificación penal de feminicidio, lo que implica un primer momento de obstaculización en el acceso a la verdad y la justicia.
Aunado a ello, durante este largo proceso, el juicio ha sido retrasado múltiples veces por falta de acciones directas de las autoridades y por una serie de obstáculos de la defensa del procesado, lo que ha implicado un desgaste emocional para su familia y revictimización para Andrea Nohemí.
Es preciso señalar que, en los casos relacionados con muertes violentas de mujeres, los procesos, llevados sin perspectiva de género, ni derechos humanos, y desde una lógica patriarcal del derecho, las sentencias son pocas, son revictimizantes y no hay acceso a la justicia, a la reparación del daño y la garantía de no repetición.
Pese a que en el feminicidio de Andrea Nohemí se encuentran los elementos necesarios para una sentencia que garantice a ella y su familia el acceso a la justicia, las condiciones institucionales han alargado el proceso más de lo necesario.
Nos unimos a la familia de Andrea Nohemí en la exigencia de una sentencia que garantice justicia para ella, que su proceso sea llevado siempre con perspectiva de género, y que no se alargue más la garantía de justicia, verdad, reparación y no repetición del daño para ella, para su familia y para todas las mujeres en el Estado, puntualizó Mariana Ávila Montejano, coordinadora del Observatorio de Violencia Social y de Género del Estado.

La denuncia pública sí es un mecanismo de acceso a la justicia: OVSG

· La presunción de inocencia no es obligación de las víctimas
· La universidad no ha avanzado para establecer un protocolo adecuado
El pasado 28 de octubre La Jornada Aguascalientes retomó las declaraciones del rector de la Universidad Autónoma del Estado, Javier Avelar González, en relación con su negativa a reconocer la denuncia pública como un mecanismo válido para el acceso a la justicia de las víctimas de cualquier tipo de violencia. Estas declaraciones, sin embargo, no sólo criminalizan las denuncias públicas de las víctimas, sino que funcionan como una herramienta de intimidación para que el alumnado, el personal docente y administrativo de la Universidad se abstenga de cualquier tipo de denuncia ante cualquier situación que les vulnere.
El Observatorio de Violencia Social y de Género del Estado hace mención que conforme a la legislación aplicable en la materia, la autonomía de la Universidad, y de cualquier universidad autónoma, es una autonomía política y administrativa, no de impartición de justicia ante la comisión de un delito del fuero local o federal, ningún órgano interno de control jurídico o de derechos humanos de ninguna universidad autónoma sustituye a las instituciones correspondientes en la atención a las víctimas de delitos como la discriminación, violencia política, violencia de género, violencia sexual, acoso y hostigamiento, y cualquier otra que vulnere la dignidad del estudiantado o ponga en riesgo, en alguna dimensión de su vida, al personal docente y administrativo.
El rector en sus declaraciones, además, pide respetar la presunción de inocencia acorde al Estado de derecho (LJA, 2018), en este sentido, hacemos énfasis en que esta dimensión de los derechos del procesado es algo cuya obligación de cumplimiento únicamente corresponde a las instituciones de impartición de justicia y sus funcionarias y funcionarios, esto no es obligación, ni está a condición de las víctimas, es decir, la presunción de inocencia no es responsabilidad de ellas.
Históricamente, refiere Mariana Ávila Montejano, la búsqueda de justicia alternativa y de medios para denunciar la violencia, específicamente contra las mujeres, que es la más complicada para acreditar ante un sistema judicial y de administración de justicia sin perspectiva de género, de derecho humanos y patriarcal, es la única medida con la que podemos contar las mujeres dentro de las instituciones, no es la más optima, debido a los contextos particulares, pero es la que tenemos ante las omisiones.
Esto evidencia la falta de mecanismos adecuados y de la atención que tendría que tener la Universidad Autónoma, específicamente en estas denuncias que han señalado alumnas, personal docente y administrativo de la Universidad, donde no se han generado los mecanismos necesarios. La universidad no ha avanzado para establecer un protocolo adecuado, la ruta adecuada o por lo menos no ha dado la difusión suficiente y no tiene al personal con el mejor perfil en estas áreas, enfatizó la coordinadora del Observatorio.
La denuncia pública es un derecho de las víctimas para manifestar las violaciones a sus derechos humanos, y sin duda, las redes sociales y los medios de comunicación son una herramienta fundamental ante el silencio, no sólo en la institución, sino de las mismas autoridades, continuó Ávila Montejano.
La denuncia no se agota en los deficientes mecanismos que ofrece la Universidad a las víctimas, por lo que invitamos al alumnado, a personal docente y administrativo a denunciar públicamente cualquier acto que les violente, a recurrir a todas las instancias correspondientes, a recurrir a la sociedad civil organizada y a los medios de comunicación para exigir justicia. El silencio no nos protege.

Amparo paradigmático en Aguascalientes sobre el reconocimiento de derechos lesbomaternales

  • A través de un juicio de amparo se obtuvo a favor el primer caso de reconocimiento de maternidad cuando se trata de una familia de dos madres.
  • El amparo reconoce el interés superior de niñas, niños y adolescentes, su derecho a la identidad y el derecho a tener una familia
La legislación en Aguascalientes en lo referente al reconocimiento en igualdad de condiciones a todas las personas tiene un atraso considerable en relación con la capital del país y otros Estados, que han modificado y adecuado sus constituciones, códigos penales y civiles en apego a los Derechos Humanos, la perspectiva de género, los acuerdos internacionales y las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, este atraso se refleja principalmente en la discriminación y vulnerabilidad de mujeres, niñas, niños y adolescentes, y otros grupos vulnerables como la comunidad LGBTTTI, que tienen que recurrir a procesos adicionales como los amparos para tener acceso pleno a sus Derechos.
Particularmente respecto a los temas LGBTTTI, Aguascalientes tiene una deuda con el matrimonio igualitario y los derechos lesbomaternales y homoparentales que ello implica, y con el derecho a la identidad jurídica de las personas travestis, transgénero y transexuales, que hasta el día de hoy tienen que recurrir a distintos amparos para garantizar el ejercicio de sus derechos, en varios de estos ha participado el Observatorio de Violencia Social y de Género del Estado, logrando a favor distintas sentencias sobre matrimonio igualitario y correcciones de acta de nacimiento.
Recientemente a estas pugnas por los derechos de todas y todos, a través del acompañamiento jurídico del Observatorio, una familia obtuvo una sentencia a favor de un amparo paradigmático en un caso de reconocimiento de maternidad cuando se trata de una familia de dos madres, siendo éste el primero ganado en el Estado.
El OVSG inició el acompañamiento jurídico de una familia lesbomaternal quienes se sometieron a un proceso de gestación donde las dos participaron a través del óvulo de una de ellas y la matriz de la otra, sin embargo, como el código civil del Estado sólo reconoce como “madre” a la que “pare”, el acta de nacimiento únicamente registró el apellido de una de ellas, negando a la otra madre el reconocimiento de sus derechos.
Al llegar el caso al Observatorio, la estrategia jurídica planteó el reconocimiento de maternidad, recurso que el Código Civil del Estado sí prevé, sin embargo, éste está redactando en relación a familias heterosexuales, donde sólo se reconoce la figura del “padre-madre”, lo que limitó que este reconocimiento se pudiera ejercer, el equipo jurídico hace el requerimiento ante el Registro Civil y con fundamento en esa figura se les niega, por lo cual se procede a un juicio de amparo que es concedido, atendiendo al interés superior de niñas, niños y adolescentes, derecho a la identidad, derecho a tener una familia y el derecho de maternidad de ambas madres, por lo que se ordena emitir el acta con los apellidos de las dos.
¡Felicidades a las mamás!