El Estado de Aguascalientes aún no puede garantizar el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia

  • Sólo una de las cuatro Alertas Amber emitidas está activa en el sitio oficial, pues existe una falta de acuerdo sobre los criterios.
  • En casos de muertes violentas de mujeres las investigaciones han carecido de perspectiva de género.
  • Las inconsistencias institucionales demuestran la omisión en la aplicación de los protocolos nacionales, latinoamericanos e internacionales al respecto.

El día de ayer, en rueda de prensa, el Observatorio de Violencia Social y de Género de Aguascalientes emitió su posicionamiento sobre la situación actual del Estado en relación a violencia contra mujeres y niñas.

Al respecto, Violeta Sabás, integrante de la organización, abordó el panorama actual del Estado donde dijo que en Aguascalientes aún hay mucho trabajo que hacer  para permitir el acceso a la información para que la ciudadanía y organizaciones civiles evalúen el desempeño de las políticas públicas destinadas a visibilizar las violencias y las estrategias para su erradicación; indicadores que permitan conocer a detalle la respuesta institucional en el área preventiva, jurídica y de salud; y con esto involucrar a la sociedad civil organizada y a las víctimas y familias de víctimas de violencia; teniendo en cuenta que estas son obligaciones del Estado, tanto en el ámbito federal como local.

Enfatizó la responsabilidad institucional para garantizar los derechos de las víctimas, que de manera general se podrías resumir en: proporcionar una atención eficaz a las víctimas con un enfoque de derechos humanos y de género; reparar integralmente el daño a las víctimas o a las familias de las víctimas, y eliminar el monopolio de la acción penal del Ministerio Público.

Destacó de esta forma toda la serie de irregularidades que a través de la Clínica Jurídica Especializada en Derechos Humanos y Perspectiva de Género, el Observatorio ha encontrado en relación a casos de feminicidios, desapariciones de mujeres y mujeres en situación de reclusión; dijo que de los casos que lleva el Observatorio de Violencia Social y de Género a través de su Clínica Jurídica, se puede afirmar que aunque se ha presentado voluntad política por parte del Fiscal, los avances no logran concretarse, pues si bien existe el acuerdo para avanzar en la protección de los derechos de las víctimas; y con la implementación del nuevo sistema de justicia penal se vigila con mayor interés el respeto del derecho al debido proceso; no se ve reflejada esa voluntad con los procesos y hechos institucionales, todo ello en detrimento de las víctimas y de la sociedad en general.

Por ejemplo, dijo, sólo una de las cuatro Alertas Amber emitidas está activa en el sitio oficial, pues existe una falta de acuerdo sobre los criterios que llevan a la autoridad responsable a determinar la activación o desactivación de las mismas. Un ejemplo claro es el de Paola, que injustificadamente y sin existir fundamento por parte de la autoridad, se ha desactivado su alerta, aun cuando la adolescente permanece ilocalizable y en riesgo, situación similar para el caso de los hermanos José y Patricio Ronquillo Torres.

Además, mencionó que la mayor parte de los familiares de las víctimas, sobre todo de personas desaparecidas, han tenido que evidenciar el nulo acceso a las carpetas de investigación para empezar a ser informados y atendidos, derecho establecido en la Constitución, en donde el Ministerio Público, auxiliares y el órgano jurisdiccional tienen la obligatoriedad de facilitarles el acceso a la justicia y prestarles los servicios con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, profesionalismo, eficiencia y eficacia y con la debida diligencia.

Sabás mencionó que en los casos de muertes violentas de mujeres, así como en algunos casos de mujeres y adolescentes privadas de su libertad, se ha encontrado, independientemente de la presunción de violaciones a la debida diligencia, que las investigaciones han carecido de perspectiva de género, a pesar de que la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes reformó desde el 25 de Febrero de 2013 (a través del Decreto 260) su Artículo 60 para determinar que le corresponde a la Fiscalía “Elaborar y aplicar protocolos especializados con perspectiva de género en la búsqueda inmediata de mujeres, niñas y niños desaparecidos”. Lo que hasta el momento sólo ha quedado en el documento y no en la acción institucional, lo que además evidencia la omisión en la aplicación de los protocolos nacionales, latinoamericanos e internacionales al respecto, tal como lo dicta la sentencia González y otras (“Campo Algodonero”) vs. México, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 16 de Noviembre de 2009, donde obliga a la aplicación de los protocolos internacionales en la materia y a la homologación de los ya existentes (en los casos en los que hubiere).

Finalmente dijo que desde el Observatorio y la Clínica se seguirá demandando que se respete la debida diligencia y que se investigue en estricto apego a los derechos humanos y con perspectiva de género todos los casos, a que las víctimas reciban un trato digno, se respeten sus derechos fundamentales y que se evite su revictimización, a que se desarrollen y construyan políticas públicas adecuadas y con participación de la ciudadanía con la garantía de acceso a la información; pero sobre todo en la búsqueda del derecho a la verdad, este derecho que nos pertenece a los familiares de las víctimas y a la sociedad en su conjunto, por lo que hoy 25 de Noviembre alzamos nuestra voz para exigir desde nuestros espacios, instituciones sólidas, transparentes, eficientes, honradas y profesionales que lo garanticen.

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